Mié. 11 Diciembre 2024 Actualizado 1:05 am

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PDVSA dejó de percibir en 2021 unos 226 millones 373 mil 592,39 dólares debido a esta trama corruptiva (Foto: Archivo)

TSJ detectó y procesó en 2021 venta fraudulenta de crudo en PDVSA

El periodista Eligio Rojas de Últimas Noticias reseñó el documento de la sentencia 094 publicada el 11 de marzo de 2022 en el que la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) señala que fue detectado "un desfalco similar a los visibilizados actualmente con la Operación Anticorrupción".

Redactada por el magistrado Maikel Moreno, la sentencia indica que "se evidencia el incumplimiento del contrato de venta ocasional de hidrocarburos, el suministro de varios cargamentos de Merey 16 y Special Hamaca Blend celebrado entre la Sociedad Mercantil (Supraquimic), presuntamente propiedad de los imputados, y la Sociedad Anónima Petróleos de Venezuela (PDVSA) en fecha 20 de diciembre de 2020".

Rojas cita que los despachos, realizados entre el 26 de diciembre de 2020 y el 22 de enero de 2021, sumaron un total de 6 millones 335 mil 223 barriles, por los cuales Supramquimic debió cancelarle a PDVSA 226 millones 373 mil 592,39 dólares "que dejó de percibir la estatal petrolera".

Por ese hecho fueron procesados José Alfredo Llamozas González y Jean Carlos Foliaco Ardila, denunciados por la Consultoría Jurídica de PDVSA.

El medio informa que "las investigaciones comenzaron el 31 de marzo de 2021 por funcionarios adscritos a la Dirección Especial de Investigaciones Penales y Criminalísticas de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM), quienes detuvieron a Llamozas y Foliaco en la sede de PDVSA La Campiña".

Sigue:

"Estas personas fueron presentadas ante el Juzgado Especial 2° de Control con competencia en casos vinculados con delitos asociados con el Terrorismo, donde el Ministerio Público les imputó peculado doloso propio y agavillamiento. El Tribunal acogió los delitos y decretó privativa de libertad el 2 de abril del año 2021.

"Tal decisión fue revocada el 2 de julio de 2021 por la Sala Especial 1 de la Corte de Apelaciones, cuyos jueces les otorgaron a los dos procesados una medida cautelar consistente en presentarse cada ocho días al tribunal antiterrorista.

"Veinte días después el expediente es enviado a la Sala Penal del TSJ por solicitud de sus magistrados quienes analizaron el asunto y acordaron que el proceso se siguiera pero por un tribunal de control ordinario, con lo que desplazó al juzgado antiterrorista.

"En ese avocamiento ejercido por la Sala, sus magistrados también decidieron que la Fiscalía Superior del Ministerio Público, correspondiente con Caracas, 'designe el representante fiscal que continuará conociendo de la presente causa'".

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